NIEGA la autorización de salida del país al ciudadano MOHAMED DOUKORE, quien es de nacionalidad Guinea, fecha de nacimiento el 05-05-1980, de estado civil Soltero, de profesión u oficio vigilante, portador del pasaporte de la Republica de Guinea Nº R0043625, residenciado en Lagunetica calle 1° de mayo casa Nro. 19, Los Teques, estado Miranda, como fórmula de cumplimiento de pena, toda vez que el mismo se encuentra cumpliendo pena bajo la formula alternativa de AUTORIZACION DE TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, y no existe garantía alguna de su regreso a los fines de cumplir con la sanción impuesta mediante sentencia condenatoria definitivamente firme, la cual culmina el 28-09-2009.-