DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme, JOSÉ RAFAEL CASTILLO MOTA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-20.007.519, natural de La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 16-01-1990, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado: En el sector Cerro el Zamuro, cerca del Castillo, bajando por las escaleras del Castillo, la primera casa, tipo rancho, casa sin número, Parroquia La Guaira, estado Vargas, teléfono: 0414-920-8557, conforme a lo previsto en los artículos 471, 474 y 488, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, diarícese, notifíquese, déjese copia y líbrense los ofi.....