OTORGA la medida de RÉGIMEN ABIERTO, al penado EDDY ALFONSO TORRES PÉREZ, quien es de nacionalidad venezolano con fecha de nacimiento 21-01-1971, profesión u oficio comerciante, estado civil casado, titular de la cedula de identidad Nro. 9.675.706, residenciado en la Urbanización san Jacinto, residencia el Saman, piso 10 apartamento 10-C Maracay, estado Aragua; de conformidad con el artículo 479 ordinal 1º y 500 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo Pernoctar en el Centro de Tratamiento Comunitario Dr. Félix Saturnino Angulo Ariza, ubicado en la Av. Bolívar urbanización El Recurso, segundo callejón Nº 01, vía autopista Tapatapa Maracay Estado Aragua, quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la revocatoria de la formula otorgada.