OTORGA EL RÉGIMEN ABIERTO en el Estado Vargas, al ciudadano RONALD JOSE TORRES HERRERA, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.959.926, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Estado Vargas, fecha de nacimiento el 23-05-1984, de estado civil soltero, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. AGUSTÍN MÉNDEZ UROSA", ubicado en la esquina de Navarrete a vista hermosa Nº 12 al lado de la escuela Tomás Alba Edison, detrás del centro comercial Litoral Maiquetía Estado Vargas, obligándose al mismo a cumplir las condiciones establecidas en la presente decisión.