DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA de ocho (08) años, cuatro (04) meses y un (01) día, impuesta al ciudadano FRANCISCO ANTONIO RIVERO GERMAN, quien es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, de 26 años de edad de estado civil soltero, de profesión u oficio barbero, titular de la Cedula de Identidad N° 13.135.122, domiciliado en la calle 655, Berke Av., BROS, New Cork, a Estados Unidos, mediante sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, por la comisión del delito TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, así como .....