DECLARA LA LIBERTAD PLENA, del ciudadano SIMON EDUARDO TIAPA ASCANIO, de nacionalidad venezolana, natural del Estado Miranda, nacido en fecha 13-10-1986, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, domiciliado en Paracoto, sector el paraparo, casa s/n de cemento, al frente del taller Machuma y titular de la cédula de Identidad N° V-18.537.191; POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA IMPUESTA MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, por la comisión de delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal.