DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA de tres (03) años, tres (03) meses y dieciséis (16) días de prisión, impuesta al ciudadano JOSÉ ANTONIO ALVAREZ, titular de la Cedula de Identidad INDOCUMENTADO, quien es de nacionalidad Venezolana, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector el Respiro, la Torre, casa Nº 18, Mirabal, Catia La Mar, estado Vargas, mediante sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 04-07-2002, mediante la cual la condenó a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455, ordinal 3.....