ACUERDA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a la ciudadana DERVI DIOGENES DILONE CANTILLO, quien es de nacionalidad venezolana, donde nació el 09-10-1982, de 26 años de edad, de estado civil soltero, cédula de identidad Nº 18.709.448, por considerar que se encuentran llenos los extremos legales exigidos para su concesión, todo ello de conformidad el artículo 493 en concordancia con el artículo 60 de La Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, beneficio que culminara el 12 de Febrero de 2011.