OTORGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, al ciudadano EDWARD ALFONSO FALCÓN PICON, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo Estado Zulia, nació el 22-12-1975, de 31 años de edad, de Estado Civil soltero, profesión u oficio estilista, Residenciado en San Francisco calle 26, casa 1-24, Maracaibo Estado Zulia y titular de la cédula de identidad N° 13.242.668, plenamente identificado en autos, de conformidad con el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, por un tiempo de DOS AÑOS Y OCHO MESES, quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la revocatoria del Beneficio otorgado.