DISPOSITIVA.-
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA, al ciudadano RUBEN CALDERON, titular de la cédula de identidad Nº V-11.639.382, de nacionalidad venezolana, natural de Carayaca, estado Vargas, nacido en fecha 06-10-1972, de 44 años de edad, de profesión u oficio constructor, hijo de, domiciliado en: Sector el Topo, al lado de la Capilla, asentamiento Los Cedros, Parroquia Carayaca, estado Vargas, teléfono: 0412-813-69-66, a quien se le siguió juicio, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio de Misael Álvarez, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1ero, en relación con el articulo 458 y 424 ambos del código penal vigente, HOMICIDIO C.....