OTORGA al penado SOMMER TAIVO, titular del pasaporte N° K3011092, la medida alternativa de cumplimiento de pena, de REGIMEN ABIERTO, quedando sujeto al cumplimiento de las obligaciones impuestas de las cuales será debidamente notificado, todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo establecido en el articulo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, debiendo pernoctar el citado penado en el Centro de Pernocta Dr. FRANCISCO CANESTRI, ubicado en la Avenida Páez, El Paraíso, Frente a Villa Zoila, Edificio Escuela de Formación Penitenciaria Caracas, al que habrá de ingresar como Residente y el Delegado de Pruebas que la supervisará.