DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL seguida al Ciudadano EMILE JORDAN RICARDO, (hoy occiso), identificado anteriormente por la comisión del delito de TRANSPORTE ÍLICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTE Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo previsto en el artículo 48, ordinal 1° en concordancia con el artículo 318 ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal.