Por todos los razonamiento antes expuestos, este Tribunal Tercero de Prima Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, acordada por este Tribunal en decisión de fecha 30 de Abril del año de 2012, al penado ciudadano PEDRO ALBERTO VILLANUEVA DIAZ, quien es nacionalidad Venezolano, natural del estado Vargas de estado civil casado, de profesión u oficio Ayudante de pastelería, residenciado en el sector Bella Vista, Barrio la esperanza, vía Carayaca, casa Nro. 62 después de la Torre, tercera casa, Parroquia Carayaca, estado Vargas y titular de la cédula de identidad Nro. 6.480.840, de conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 500, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en los artículos 24 de la Constitución de la República Bolivariana d.....