este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano ÁNGEL ATILIO ANGULO, quien es de nacionalidad venezolana, natural del Estado Mérida donde nació el 06-11-1954, de estado civil Concubino, profesión u oficio Albañil, residenciado en el barrio la Ceibita, casa Nro. 119, El Valle Municipio Libertador, Distrito Capital, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.411.381 en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 16-03-2007 de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.