En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, establece, PRIMERO: ACUERDA DEJAR SIN EFECTO TODAS LAS MEDIDAS DE COERCIÓN PERSONAL QUE PESABAN SOBRE, el ciudadano FRANKLIN JOSE CAMPOS, Titular de la cédula de identidad N° V-16.433.386, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, Domiciliado en Calle Real de Mirabal, al lado de la Iglesia Católica, casa s/n, Catia La Mar estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el articulo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con los artículos 13 y 479 ordinal 1º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia déjese sin efecto las medidas de coerción personal al ciudadano FRANKLIN JOSE CAMPOS, igualmente exclúyase del Sistema Policial (SIPOL). SEGUNDO: Líbrese .....