DISPOSITIVA.-
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, a la penada, ciudadana LILIANA CAROLINA DIAZ, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, titular de la cédula de identidad V-15.830.092, de profesión u oficio comerciante, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 12-03-1981, estado civil soltera, hija de Oswaldo Chirinos (v) y de Irene Díaz (v), residenciada en: Av. Soublette, detrás del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sector la Culebra casa Nº 27, La Guaira, Edo. Vargas, como Medida alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el contenido del articulo 272 de la Constit.....