DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos antes expuestos es Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre del República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley PRIMERO: NIEGA el pedimento formulado por el ciudadano JUAN JOSE MANUEL GARCIA FARIAS, titular de la cédula de identidad N° V-18.213.653, de nacionalidad Venezolano, de 23 años de edad, domiciliado en Urbanización San Martín de Porras, Calle Páez, casa N° 11, Parroquia Santa Rosa de Lima Municipio Bermúdez, Caracas, relativo a la solicitud, de extensión del régimen de presentaciones, todo de conformidad con los artículos 264 y 479 ambos, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la disposición final quinta de la reforma del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 15-06-2012, en virtud que el penado de marras no consignó ante est.....