En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA EN RELACIÓN A LOS CUATRO PLANTEAMIENTOS ANTES DESCRITOS, por el penado WELLINTONG SIMON GAZMAN CASTILLO, titular del pasaporte N° P-11367, LO SIGUIENTE: PRIMERO: en relación al primer punto, se NIEGA TAL SOLICITUD, toda vez que el mismo constató que en la presente causa no se encuentran dichos documentos personales. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Por otra parte, a lo solicitado por el penado que se le otorgue la fórmula alternativa de cumplimiento de la pena, REGIMEN ABIERTO, este Tribunal ACUERDA, solicitar al CENTRO DE PERNOCTA, INFORME CONDUCTUAL DEL PENADO, toda vez que el mismo se le otorgó DESTACAMENTO DE TRABAJO, en fecha 10 de noviembre de 2005. Y ASI SE DECIDE.
TERCERO: Igualmente en relación a lo solicitud de que se.....