DISPOSITIVA
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO en la ciudad de Mérida, al penado BALLESTERO URDANETA WILLIAM JOSE, quien es de nacionalidad Venezolana, natural del estado Zulia, donde nació el 08-08-1979, titular de la Cédula de Identidad N° 14.473.262, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo pernoctar de dicho ciudadano en el Centro de pernocta correspondiente, obligándose al mismo a cumplir las condiciones establecidas en la presente decisión, según lo prevé el artículo 511 eiusdem.
Líbrese Orden de Pre-libertad a nombre del penado de autos. Notifíquese a las partes, ofíciese lo conduce.....