DISPOSITIVA.-
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda CONVERTIR EN CONFINAMIENTO EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA al penado JOSÉ JESÚS RADA SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 28.184.654, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 10-05-1980, de (35) años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de JUAN GONZÁLEZ (v) y de VIRGINIA SUAREZ (v), domiciliado en: Sector Mirabal, calle Real, al lado de la licorería el búfalo, casa Nº 45, Catia La Mar, Estado Vargas, a los fines de la supervisión del Confinamiento, cada ocho (08) días hasta el día 11-06-2018, fecha en la cual culmina la pena de autos, siempre y cuando el penado de autos cumpla con las presentaciones y con las condiciones que le impon.....