este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano JUAN MANUEL JÚNIOR LÓPEZ GÓMEZ, quien es de nacionalidad venezolana, natural del Estado Vargas, donde nació el 11-03-1978, sin profesión u oficio, residenciado en la calle Bonanza Nro. 03-22, calle nueve, Parroquia Carlos Soublette, Pariata, Estado Vargas, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.140.905 en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 03-04-2007 de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal.