DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, procediendo de conformidad con lo establecido en los artículos 272 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y 20, 52, 53 y 56 del Código Penal Venezolano, ACUERDA: PRIMERO: CONVERTIR EN CONFINAMIENTO EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA, al penado: JOSE RAMON PANTOJA, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 24-09-70, de 35 años de edad, de estado civil soltero y titular de la cédula de identidad N° V-10.584.345 por el tiempo que le falta por cumplir de la pena, que será de CUATRO (04) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS, en la siguiente dirección: ALICIA PIETRI DE CALDERA, MANZANA J-14, CASA N° CINCO (05), del Municip.....