CON LUGAR la solicitud de revisión realizada por el defensor Abg. FRAMIK ENRIQUE ROJAS y en consecuencia ACUERDA ANULAR la decisión de fecha 19-12-2008, por haberse omitidos fechas importantes a benéfico del penado de autos WILL JOEL HERRERA ROJA y en consecuencia SE ACUERDA LA CONMUTACION DEL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR EN CONFINAMIENTO, de conformidad a lo establecido en los artículos 20 y 53 ambos del Código Penal, emitiendo como fecha cierta de cumplimiento de pena del supra el día 19-12-2009.