OTORGA EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL al ciudadano MANUEL JAVIER RIVERA VILA, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, distrito Capital, donde nació en fecha 24-07-1965, de estado civil Soltero, de profesión u oficio mesonero, Titular de la cedula de identidad Nº 6.975.528, residenciado en la Avenida San Félix Sosa, Quinta Guadalupe la Floresta Caracas, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en el Centro de pernocta Dra. Elena Aray, ubicado en la Av. Páez El Paraíso, obligándose al mismo a cumplir las condiciones establecidas en la presente decisión.