DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano THOMAS JOSE PEREZ GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº 17.011.504, quien dijo de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 26/11/1984, de estado civil soltero, natural de Barquisimeto, estado Lara, de profesión u oficio docente, hijo de Yasmín García (v) y Julio César Pérez (v), residenciado en la carrera 23, entre calles 54 y 55, bloque 11, entrada 1, apartamento 07-02, detrás del Liceo Obelisco, Barquisimeto, estado Lara, teléfono: 0251-442171379, conforme a lo previsto en con los artículos 471 y 474, ambos del Código Orgánico Procesal.
Publíquese, diarícese, notifíquese, déjese copia, líbrense los oficios corres.....