DISPOSITIVA.-
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano EDWAR ENRIQUE DÍAZ OLLARVES, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, nacido en fecha 23-10-1982, de 33, años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario policial, hijo de Ana Ollarves (v) y de Vicente Díaz (v), residenciado en: Sector las Quince Letras, calle Guaicamar, quinta 10-16, detrás del comedor público, Parroquia Macuto, estado Vargas, estado Vargas y titular de la cédula de identidad Nº V-15.836.029, teléfonos: 0414-914-0192, y 0414-280-0744, conforme a lo previsto en con los artículos 471, 474 Y 482, todos del Código Orgánico Procesal.
Publíquese, diarícese, no.....