autoriza EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, al ciudadano FERREIRA LIMA CLAUDIO, quien es de nacionalidad Brasilera, natural de Belén Brasil, nacido en fecha 03-10-1970, de estado civil soltero, profesión u oficio Minero, titular de la Cédula de Identidad de la República Bolivariana de Venezuela Nº E-83.792.143, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo pernoctar en el Centro de Pernoctas Dra. Elena Aray, ubicado el la Av. Páez El Paraíso frente a Villa Zoila, piso 04 Caracas, obligándose además a cumplir las condiciones establecidas en la presente decisión y las que les sean impuestas por el Delegado de Prueba.