este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena que le fue impuesta mediante sentencia definitivamente firme a la penada GUADALUPE JENITSE RAMOS FUENTES, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de CINCO (05) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS, cumpliendo en forma definitiva la pena impuesta el 14-10-2014.