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Por todo lo antes expuesto, esta Juez Unipersonal N° 02 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, formulada por los ciudadanos LUIS AGUSTIN LUGO SANTOS y HAIDYS YSINER IZZO MORALES, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° 11.055.798 y 11.635.303, respectivamente, asistidos por la Profesional del Derecho ABG. MARICELA PEREIRA DE FARÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.433. En consecuencia, SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, contraído en fecha veintitrés (23) de mayo de 1995, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado Vargas.
En cuanto a la hija habida de la unión conyugal, de nomb.....