éste Juez Unipersonal N° 01 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, dado la magnitud de los hechos narrados por la adolescente y la niña anteriormente identificadas y a los fines de profundizar la veracidad de los mismos, quien suscribe en aras de preservarse la integridad física de la adolescente y niña de marras, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, actuando sobre la base del Interés Superior del Niño consagrado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decreta la COLOCACIÓN FAMILIAR PROVISIONAL de la niña GABRIELA BERENICE MARGARITA TIHANYI CASTRO, de seis (06) años de edad respectivamente, en el hogar de la ciudadana MARGARITA TOVAR DE TIHANYI, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.056.804, en su carácter de tía materna de la misma, el cual se encuentra ubic.....