esta Juez Unipersonal N° 02 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código Civil, acuerda conceder la Autorización Judicial para vender la totalidad de las acciones de la ¿Electricidad de Caracas¿. En consecuencia, quedan autorizados los ciudadanos ANGEL FREDDY MARTINEZ AGUILERA y MERYS YOLANDA CALDERÓN de MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V- 5.094.437 y V- 6.465.449 respectivamente en su carácter de Representantes del adolescente JOYNER DEL VALLE y el niño JEFFREY GABRIEL MARTINEZ CALDERON anteriormente identificados. Asimismo que una vez obtenida dicha cantidad se proceda a consignar por ante esta Sala cheque de Gerencia a nombre de los prenombrados adolescente y niño a los fines de aperturar una cuenta a nombre de los mismos.....