Por todo lo antes expuesto, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Juez Unipersonal N° 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Rectificación de Partida de Nacimiento, del niño ALONSO JOSE ROJAS MENDOZA, formulada por la ciudadana SANDOVAL DE VILAN SOFIA, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil para Nacimientos llevados por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Carayaca, Municipio Vargas del Estado Vargas, en fecha veintiocho (28) de Febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994), bajo el N° 91, Folio N° 46, en el sentido de que deberán estampar la nota marginal en la Partida de Nacimiento supra identificada en el lugar donde dice: “…MARIA LUISA MENDOZA SANDOVAL, casada, de diecinueve años de edad, C.I. Nº 1.431.218…”, deberá decir: “…MARIA LUISA MEND.....