Por las razones antes expuestas, este Juez Unipersonal N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LUIS ANTONIO JAIMES CONTRESRAS y LISET HORTENCIA MAYORA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-7.994.433 y V-7.998.219, respectivamente, debidamente asistidos por la Profesional del Derecho MARICELA PEREIRA DE FARIA, abogada en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 37.433, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos LUIS ANTONIO JAIMES CONTRESRAS y LISET HORTENCIA MAYORA, en fecha diez (10) de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve (1.989) .....