CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana DEIXIS GERALDINE TRUJILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.779.769 actuando en representación de sus hijos, los niños JOSE ALBERTO y CARLOS ALBERTO DIAZ TRUJILLO, de tres (03) y un (01) años de edad respectivamente, en contra del ciudadano JOSE ANGEL DIAZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-15.266.178, a favor de los mencionados niños, en consecuencia se Fija la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,oo) MENSUALES, en partidas semanales a razón de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.20.000,oo) cada una, la Obligación Alimentaria para los referidos niños. Asimismo, este Tribunal fija Dos (02) sumas adicionales, por la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,oo), cada una en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año como Bonificación Escolar y Bonificación Especial de Fin de Año, respectivamente can.....