En méritos a las anteriores consideraciones, este JUEZ UNIPERSONAL N° 01 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL VARGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de Revisión de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana: OLIDENIS DEL CARMEN NAVARRO HURTADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.044.114, contra el ciudadano VALDEMAR ENRIQUE CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.494.496, a favor de la niña OLIMAR MARIOLYS CASTILLO NAVARRO, de ocho (08) años de edad, en consecuencia se revisa en la cantidad de CIENTO VENTE MIL BOLIVARES (Bs.120.000,00) mensuales, a razón de BOLIVARES SESENTA MIL (Bs.60.000,oo) quincenales, la Obligación Alimentaria para la referida niña. Asimismo, este Tribunal fija Dos (02) su.....