Se dictó Sentencia declarándose Con Lugar la misma, fijándose como Obligación Alimentaria la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 47.520,°°) mensuales la pensión de Alimentos para el referido niño, lo cual equivale a un cuarto de un salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacion.al