SE REGISTRO Y PUBLICO SENTENCIA INTERLOCUTORIA DONDE SE DECLARO TITULO SUPLETORIO, sobre las edificaciones realizadas a la bienhechuria ubicada en el Sector Guiriguire, Casa N° 69, detrás de la Escuela Guiriguire, Jurisdicción de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas, Estado Vargas, a favor del ciudadano LUIS ENRIQUE MORENO LIRA, dejando a salvo el derecho de terceros. Asimismo por cuanto se desconoce quien es propietario del terreno sobre el cual se encuentran construidas las bienhechurias cuyo Titulo se otorga a favor de la solicitante, se le hace saber: Que en virtud del acuerdo suscrito por la Sala Político Administrativo de la extinta Corte Suprema de Justicia, en fecha 01 de abril de 1997, en el cual señalo lo siguiente: "...Es indispensable a los fines del registro, que el presentante produzca la autorización del propietario del terreno para la construcción en el mismo de mejoras y bienhechurías, autorización que debe registrarse previamente y por cuanto en el caso consulta.....