CON LUGAR la Rectificación del Acta de Matrimonio del ciudadano: MARIO DI MATTIA, la cual corre inserta bajo el Acta Nº 20, folio 20, de los libros de Registro Civil para Matrimonios, llevados durante el Año 1986, por el extinto Juzgado Cuarto de Parroquia del Departamento Vargas, actualmente Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en consecuencia, declarado como ha sido la rectificación en forma sumaria o como de mero derecho, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, SE ORDENA LA NOTIFICACIÓN de los ciudadanos: Juez Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y Registrador Principal del Distrito Capital, a los fines de que estampen la debida nota marginal a la partida de Matrimonio previamente determinada, en el sentido de que: en el lugar donde dice: "veintiocho de abril de mil novecientos ochenta y seis", deberá decir: "veintiocho de abril de mil novecientos ochenta y seis.....