se publico y registro sentencia donde este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARO TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, a favor de la ciudadana GIOVANNET MILAGROS MERENTES, por las bienhechurías realizadas previa autorización de la ciudadana: JUANA SABAS IRIARTE, en un inmueble de su propiedad, edificado sobre un terreno que se dice ser de propiedad Municipal, ubicado en la Calle San Francisco, Subida La Mona, Casa S/N, Pueblo Arriba, Parroquia Naiguatá del Estado Vargas, cuyas características, superficie, mejoras y linderos se encuentran descritos en la solicitud, invirtiendo en las referidas bienhechurías la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.50.000,oo), dejando a salvo el derecho de terceros, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio Constitucional de Tutela Judicial Efectiva.....