CON LUGAR la Acción de Desalojo incoada por el ciudadano MANUEL OLOZAGA RODRÍGUEZ, en contra de la ciudadana MARIA AUXILIADORA PERNIA, ambos plenamente identificados en la parte narrativa de esta decisión. En consecuencia, se ordena a la parte demandada Entregar a la parte actora, el inmueble consistente en un Apartamento distinguido con el N° 1, situado en el Piso 1 del Edificio Gran Señora, ubicado en la Calle Ricaute, Parroquia La Guaira del Estado Vargas, libre de personas y bienes.
Dada la naturaleza del fallo se condena en costas a la parte demandada.
Notifíquese a las partes la presente decisión.
Publíquese y Regístrese.