ESTE TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PUBLICO Y REGISTRO SENTENCIA DEFINITIVA DONDE DECLARO:
PRIMERO: SIN LUGAR la Impugnación de la Cuantía efectuada por la parte demandada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la falta de cualidad del actor y del demandado, alegada por la parte demandada.
TERCERO: IMPROCEDENTE POR INADMISIBLE la demanda que por DESALOJO, interpuso la ciudadana: RAQUEL BELINDA MARQUEZ BARRETO, contra la ciudadana: LIGIA CELINA VANEGAS DE ROSALES, ambas partes plenamente identificadas en la parte narrativa de la presente decisión.
CUARTO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.