este Juzgado Cuarto de Municipio de la circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declaro:PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, sigue la ciudadana MARCELINA ALFONZO HERNANDEZ, contra el ciudadano ALBERTO RADAMES CIVEN PEREZ, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, se ordena al demandado a desalojar el inmueble objeto de la presente demanda, constituido por una casa y la porción de terreno que ocupa, situada en la Urbanización Carlos Soublette de la Parroquia Catia la Mar del Estado Vargas, distinguida con el Nº 89 y dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En ocho metros con cuarenta centímetros (8,40mts) con inmueble que es o fue de Olegario Hernandez; SUR: En ocho metros con treinta y seis centímetros (8,36mts) con calle Pública; ESTE: En nueve metros con noventa y cinco centímetros (9,95mts) con casa que es o fue de Angel Regalado; y OESTE: En nueve metros con noventa c.....