Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrado Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD DEL DEMANDADO para sostener el presente Juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesto por el ciudadano NICASIO RAMON FAUBLARK VARA contra el ciudadano LIGIO RIVAS CANCURIAN, ampliamente identificados en la parte narrativa de la presente decisión.
Se condena en costa a la parte actora, por haber quedado totalmente vencido