Este Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la demanda por CALIFICACIÓN DE DESPIDO REENGANCHE Y SALARIOS CAÍDOS intentada por el ciudadano LUIS DANIEL MATA PINEDA, contra la sociedad mercantil "CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L. (antes CARGIL DE VENEZUELA, C.A.). No hay condenatoria en costas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en Maiquetía, trece (13) de marzo de dos mil ocho (2008). Años: 197° de la Independencia y 149° de la Federación