En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Ejecución, considera desistido el procedimiento y se declara EXTINGUIDA la instancia, de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el cierre del presente asunto, así como su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.-