esta Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Título Supletorio presentado por la ciudadana: ALBA YECENIA MOLINA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.563.656, el cual se constituye a su favor y de sus hijas, de doce (12) y once (11) años de edad, sobre el inmueble ubicado en: Calle Coromoto, casa S/N, Sector La Veguita, Parroquia Macuto del estado Vargas, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con casa del señor José Guillermo y callejón, Sur: Con terreno del lado del cerro y casa de Alberto, Este: Con callejón y casa de los Tovar, y Oeste: Con terreno valdio; la casa consta de las siguientes características: Su estructura es de concreto armado, paredes de bloque de arcilla, sala, cocina, comedor, un (1) baño, tres (3) habitaciones , lavandero, techo de acero.....