Ahora bien, vistas y analizadas las actas procesales que conforman el presente expediente y visto igualmente el acta que antecede, este Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 513, segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Administración de Bienes, presentada por la ciudadana en beneficio propio y de su prenombrada hija, heredera de su padre hoy fallecido, ciudadano GUSTAVO ENRIQUE SANZ QUINTERO, para lo cual se acordó librar el correspondiente oficio a la Oficina de Bienestar Social del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, a los fines de que remitan cheque de Gerencia a nombre de la niña por la alícuota parte del dinero que por concepto de Prestaciones, Fideicomiso, Seguro de Vida, Pensión de Sobre.....