Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MAYERLIS ARENAS y JUAN MANUEL OCHOA GARAVITO, extranjera y venezolano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números E-84.238.097 y V-23.220.134, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo conyugal, contraído en fecha en fecha en fecha treinta y uno (31) de octubre del año 2006, por ante la Dirección de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del estado Vargas.
De conformidad con lo establecido en el Articulo 351 de la Ley Orgánica para la Prot.....