Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de niños, niñas y adolescentes de la Circunscripción Judicial Estado del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LISSMERY NAZARETH MOSCAN DIAZ y JOSE LUIS COLMENARES TORRES venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Números V-17.484.328 y V-16.356.301 respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo conyugal, contraído en fecha 06/08/2004, por ante la Alcaldía del Municipio Autónomo Tomás Lander del estado Miranda.