Por las razones antes expuestas, esta Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: NELSON RAMON MONTILVA SIFONTES Y MARBELYS DEL VALLE PEREDA MATA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-7.995.999 y V- 6.492.775 respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 31/08/1990, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del estado Vargas.
De conformidad con lo establecido en el Articulo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con relación a la adolescente habida de la unión matrimonial, la Patria Potestad y la Responsabilida.....